Boletín N°. 5693 Proponen prevenir y regular efectos de “islas de calor”; pueden aumentar defunciones por altas temperaturas

06-06-2015 A fin de prevenir y regular los efectos de las llamadas “islas de calor” en las ciudades, el diputado Javier Filiberto Guevara González (PRI) propuso modificar diversos ordenamientos ambientales para brindar mejores herramientas a las comunidades que les permitan resistir, asimilar, adaptarse y recuperarse de los riesgos de la contaminación térmica.

 

La reforma plantea incorporar el concepto de “isla de calor” a las leyes generales del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y la de Asentamientos Humanos, como el espacio de un centro de población bajo una perturbación climática que consiste en la diferencia de su temperatura respecto a la de sus alrededores, que daña al medio ambiente y la salud pública.

 

Se busca, subrayó, fortalecer la salud pública, la habitabilidad y la sociabilidad de las comunidades, mediante la preservación y restauración de sus estructuras básicas y de los ecosistemas.

 

En su iniciativa, presentada ante la Comisión Permanente, puntualiza que el efecto “isla de calor” es consecuencia de patrones urbanísticos y tecnológicos de asentamiento y de edificación, por lo que se debe prevenir la contaminación térmica y atmosférica, abordando las causales y las medidas para contrarrestarlas.

 

En el documento, turnado a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se indica que cuando las ciudades no están preparadas para afrontar calor extremo o el efecto de la “isla de calor”, es “más probable un incremento severo en las defunciones asociadas a las altas temperaturas”.

 

También provoca afecciones a la salud, donde no hay climas artificiales, como dificultad respiratoria, calambres, cansancio extremo y golpes de calor. Además, se dan las condiciones para la transmisión de enfermedades como la malaria, ocasionada por la picadura de un mosquito vector, y la proliferación de bacterias que causan enfermedades gastrointestinales.

 

Indica que el incremento de la temperatura en esas áreas impide practicar actividades como caminar o ciclismo; quiebra el pavimento, afectando la infraestructura urbana, y provoca el aumento del uso de aires acondicionados, lo que libera gases de efecto invernadero.

 

Ante ello, plantea reducir las prácticas que contribuyen a este efecto e incrementar las que preservan el ambiente original, como la protección del ciclo hídrico en el paisaje urbano, por su capacidad como regulador térmico; establecer progresivamente infraestructura verde que garantice el aprovechamiento humano y la reincorporación del agua al subsuelo o los ecosistemas.

 

Define el concepto de infraestructura verde e impulsa su establecimiento progresivo, con superficies que reduzcan el impacto al clima, permitan recuperar los ecosistemas y mitigar el efecto de “isla de calor”.

 

Faculta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a expedir normas oficiales mexicanas para establecer los niveles máximos permisibles de emisión de olores, gases, partículas sólidas y líquidas y energía térmica a la atmósfera, así como para controlar la contaminación de aguas nacionales, incluyendo el uso de materiales que contaminen el agua de escorrentía.

 

También propone modificar los artículos 2°, 3°, 5°, 8°y 33 de la Ley General de Asentamientos Humanos para que las legislaciones locales prevengan y mitiguen los efectos adversos de las “islas de calor”, para preservar el patrimonio natural y cultural, así como la imagen urbana.

 

En el artículo 82 bis de la Ley General de Cambio Climático, establece criterios para priorizar el destino de los recursos del Fondo para el Cambio Climático.

 

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