Boletín N°. 3422 Avalan reformas para que madres trabajadoras puedan transferir semanas de descanso posterior al parto

04-04-2017 La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma las leyes federales del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio del Estado, para que las madres trabajadoras transfieran hasta cinco de las seis semanas de descanso previas al parto, para después del mismo.

 

Las reformas aprobadas en lo general con 399 votos a favor y dos abstenciones, fueron remitidas al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

Los cambios a los artículos 170 de la Ley Federal del Trabajo y 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional, también establecen que en caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.

 

Además, durante la lactancia, las madres trabajadoras tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a su hija o hijo o para realizar la extracción manual de leche. Cuando esto no sea posible, se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante seis meses, sin afectar su salario o percepciones.

 

Al fundamentar el dictamen, la diputada Ana Georgina Zapata Lucero (PRI), presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, detalló que bastará solamente que la trabajadora informe formalmente, hasta con cinco días de antelación por escrito al patrón o superior jerárquico, que transferirá las semanas que considere necesario, hasta cinco de ellas, del periodo de preparto al postparto.

 

Asimismo, que la trabajadora dé aviso formal por escrito al patrón o superior jerárquico, que dentro del periodo de lactancia reducirá una hora de su jornada laboral para amamantar a hijo, cuando así deseara hacerlo.

 

Precisó que el aviso por escrito y acuse de recibo, servirán para que tanto la madre trabajadora como el empleador o institución pública, quede debidamente protegido, dotando con ello de certeza jurídica a un proceso que se estima no debe ser riguroso, pero tampoco demasiado amplio, que genere inseguridad y duda en el momento, día a día, a partir del cual habrá de hacerse uso de este derecho.

 

Resaltó que con la reforma se fortalecerá la autonomía de la madre trabajadora para ponderar un tiempo más con el recién nacido en beneficio de los primeros cuidados y se fomentará la lactancia como único alimento durante el período de tiempo posible.

 

Durante los posicionamientos, la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola (Encuentro Social) estimó que proteger los derechos de las madres trabajadoras es esencial para asegurar el acceso de la mujer a la igualdad de oportunidades.

 

Subrayó que el dictamen tiene como finalidad garantizar condiciones adecuadas para facilitar las labores de maternidad de las trabajadoras, con la intención de que tales funciones no sean un lastre para el desarrollo económico y laboral de las mujeres, ni repercutan negativamente en los lactantes.

 

La diputada Karina Sánchez Ruiz (Nueva Alianza) señaló que si bien la licencia de maternidad es un derecho reconocido por las leyes laborales, es preciso flexibilizar los criterios para que las madres trabajadoras puedan transferir las semanas previas al parto al postparto.

 

Con las reformas, dijo, la madre trabajadora podrá pasar más tiempo con el recién nacido, que sin duda beneficiará la salud del menor, fomentando el desarrollo de lazos afectivos, seguridad, adaptación y organización de la familia.

 

En su turno, la diputada Marbella Toledo Ibarra (Movimiento Ciudadano) indicó que la modificación da mayor autonomía a las mujeres trabajadoras de administrar a conveniencia el tiempo que pasarán junto a sus hijos; abre la posibilidad a un mayor periodo para la recuperación posparto, lo que abona a su salud dándole oportunidad de amamantar de manera plena al recién nacido durante sus primeras semanas de vida.

 

Otro aspecto fundamental, agregó, es el reconocimiento de las madres trabajadoras a que sus percepciones no se vean afectadas durante sus periodos de permiso, y no será necesario que esos periodos sean acordados con el empleador, pues bastará con que se le notifique una semana antes de manera formal para que la madre pueda hacer valer su derecho.

 

La diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez (Morena) precisó que el único cambio es establecer que en lugar de cuatro semanas sean cinco las que podrán transferir para después del parto. Respecto a la lactancia, actualmente ya están establecidos como obligatorios dos períodos de media hora que se pueden acumular a una hora para la extracción de leche, y la modificación es sólo para disminuir el horario de la trabajadora.

 

Sin embargo, señaló, se establece la obligación de las mujeres de presentar una notificación formal dirigida al patrón, “con lo que se viola tanto los derechos ganados por las mujeres como de los recién nacidos sobre la importancia de pasar el mayor tiempo posible con ellos y poder extender la lactancia materna a seis meses”.

 

Por el PVEM, la diputada Jorgina Gaxiola Lezama comentó que el dictamen atiende a seis iniciativas de diferentes grupos parlamentarios, cuyo común denominador era aumentar el periodo de lactancia. Sin embargo, “el resolutivo ha sido no aumentar y tan solo otorgar como dádiva, la posibilidad de la madre de distribuir cinco de las seis semanas para después del parto”.

 

Enfatizó que para algunos es un avance, “para nosotros en el Partido Verde básicamente quedamos igual. El embarazo no es una enfermedad; el proceso de lactancia no es un capricho. Las mujeres tenemos que alimentar a nuestros hijos y también necesitamos un trabajo remunerado que nos permita desarrollarnos con igualdad y equidad dentro de la sociedad”.

 

El diputado Julio Saldaña Morán (PRD) consideró que transferir, a solicitud de la trabajadora, hasta cinco semanas de descanso previo al parto, para después del mismo, es un avance, ya que es cuando más requiere el bebé de la mamá.

 

Recalcó que su grupo parlamentario está a favor del dictamen porque favorece a las mujeres, quienes le han dado un nombre y apellido a esta gran sociedad mexicana.

 

En tanto, el diputado Juan Corral Mier (PAN) reconoció que la lactancia materna proporciona una gran cantidad de anticuerpos que ayudan a la maduración del sistema inmunológico y a la generación y fortalecimiento de defensas propias del recién nacido, que le permiten desarrollar las condiciones necesarias para protegerse contra enfermedades infecciosas graves y alergias, entre otros muchos beneficios.

 

Anunció su voto a favor del dictamen por considerar que obra en defensa del derecho a la vida de la familia y de la dignidad de las mujeres y de la persona humana.

 

La diputada Rosalinda Muñoz Sánchez (PRI) se pronunció a favor del dictamen, ya que flexibiliza la ley, lo que permite a las madres trabajadoras transferir hasta cinco semanas de las previas al parto, para después del alumbramiento, con el fin de poder estar más tiempo con los bebés y cuidarlos más.

 

Además, establecer que podrán restar una hora a su jornada laboral, sin necesidad del consentimiento del patrón, cuando no se cuenten con las instalaciones necesarias para poder alimentar a sus hijos, y de esta forma crezcan sanos y saludables.

 

Reservas

 

Para su discusión en lo particular, se reservaron los artículos 170 de la Ley Federal del Trabajo y el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, por diputados del PVEM y Morena, las cuales fueron desechadas, quedando en términos del dictamen, con una votación de 301 votos a favor y dos abstenciones.

 

Declaratoria de publicidad de dictámenes

 

El Pleno de la Cámara de Diputados cumplió con la declaratoria de publicidad de diversos dictámenes. Uno, de la Comisión de Justicia que reforma los artículos 335, 336 y 337 del Código Penal Federal, con el objetivo de aplicar de un mes a cuatro años de prisión a quien abandone a un adulto mayor, teniendo la obligación de cuidarlo.

 

Asimismo, al que sin motivo justificado deje a un adulto mayor sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de un mes a cinco años de prisión, o de 180 a 360 días multa. También se plantea establecer que el delito de abandono de un adulto mayor se perseguirá a petición de la parte agraviada.

 

Otro dictamen reforma el artículo 60 Bis de La Ley General de Vida Silvestre, para prohibir la utilización de ejemplares de mamíferos marinos en espectáculos fijos o itinerantes, así como cualquier actividad que involucre a estas especies y que no tenga por objeto la investigación científica y la educación superior de instituciones acreditadas.

 

Asimismo, la Comisión del Trabajo y Previsión Social plantea adicionar un segundo párrafo al artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo, a fin de que los patrones no consideren los días de descanso obligatorios como parte o a cuenta de las vacaciones de los trabajadores, así como los días que la empresa o institución otorgue por concepto de aniversario o efeméride.

 

También se le dio publicidad al dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, el cual modifica los artículos 5 y 7 de la ley en la materia, con el objetivo de establecer que el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación sesione cuatrimestralmente durante el año en forma ordinaria. Asimismo, que sus respectivas actas sean públicas a través de su portal de Internet.

 

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, un dictamen adiciona el artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para facultar al Inapam a celebrar convenios con el Sistema Nacional de Salud, a fin promover descuentos en los bienes y servicios que presta la iniciativa privada en materia de salud, especialmente en materia de atención hospitalaria.

 

Uno más, de la Comisión de Justicia, adiciona un último párrafo al artículo 4 y reforma el párrafo segundo del artículo 36 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, otro que reforma los artículos 12 y 26 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

 

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