Boletín N°. 4627 Pleno avala regular emisiones de olores; pueden generar perturbaciones psicológicas

12-12-2017.- La Cámara de Diputados aprobó con 370 votos, un dictamen que prohíbe las emisiones de olores cuando rebasen los límites máximos establecidos en las normas oficiales mexicanas expedidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), considerando los valores de concentración máxima permisibles para el ser humano de contaminantes en el ambiente, que determine la Secretaría de Salud.

 

Los olores molestos pueden disminuir el apetito, inducir a menores consumos de agua, provocar mareos y vómitos, y dificultar la respiración en algunos casos, llegando también a generar perturbaciones de tipo psicológico.

 

Con reformas al artículo 155 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, se busca que las autoridades federales o locales, según su esfera de competencia, adopten medidas que impidan transgredir dichos límites y, en su caso, aplicarán las sanciones correspondientes.

 

En el artículo segundo transitorio se establece que la Semarnat tendrá 180 días hábiles, a partir de la publicación del presente decreto, para publicar la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

 

El documento, enviado al Senado de la República, precisa que existe una tendencia creciente a combatir los problemas de olores, mediante inversiones en sistemas de cubrición y desodorización, que frecuentemente ofrecen escasos frutos, incrementando la complejidad de la explotación en cuanto a seguridad y mantenimiento.

 

Añade que la importancia de los olores en términos humanos está relacionada con la tensión psicológica que originan más que con el daño físico que producen al organismo, salvo aquellos originados por compuestos tóxicos además de odoríferos.

 

Los avances en la ingeniería sanitaria permitieron el control de los olores en las ciudades modernas; sin embargo, aún se identifican actividades económicas, sitios específicos donde la problemática persiste, y afecta a las comunidades residentes en sus vecindades y obliga a las autoridades a intervenir.

 

Califica como incomprensible que no exista una legislación específica sobre malos olores, a pesar de las numerosas y frecuentes quejas que se registran sobre este tipo de contaminación atmosférica, cuando sí la hay de la acústica, sobre vibraciones y de radiaciones.

 

El dictamen argumenta que los malos olores causados por actividades como explotación de ganado, industriales, depuradoras, vertederos, entre otros, se entienden como un tipo de contaminación ambiental debido a que aunque los olores no lleguen a ser tóxicos, pueden provocar malestar, molestias respiratorias, alteraciones psicológicas, entre otras afectaciones al organismo humano.

 

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