Boletín N°. 4669 | Avalan que demandas en materia contencioso administrativo, se envíen desde lugar distinto a donde se encuentre la sala que conozca del caso |
14-12-2017.- La Cámara de Diputados avaló por 396 votos reformar el cuarto párrafo del artículo 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, para establecer que cuando el demandante tenga su domicilio fuera de la población donde esté la sede de la sala, la demanda podrá enviarse a través de Correos de México desde cualquier parte del territorio nacional. La modificación tiene como objetivo evitar al demandante gastos innecesarios al tener que trasladarse a algún lugar en donde se encuentre una sala que conozca de su demanda. “Se considera que no es conveniente acotar a que una demanda de nulidad se envíe a través del Servicio Postal Mexicano del lugar de residencia del demandante, pues con ello se limita su derecho de contravenir algún acto administrativo federal, desde cualquier parte del territorio nacional donde se encuentre”, expone el texto. La Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo es el marco normativo que regula los juicios contenciosos administrativos federales que se promueven ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, explica el dictamen enviado al Senado. --ooOoo-- |