Boletín N°. 4694 Regulan diputados servicios educativos que prestan los particulares
  • Se deben respetar precios ofrecidos y prohibir incrementar las tarifas durante el ciclo escolar

 

 

  • Bajo ningún supuesto podrán condicionar la entrega de documentación académica al pago de colegiaturas

 

14-12-2017.- La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que regula los servicios educativos que prestan los particulares, así como su comercialización, y establece que a estos se les debe considerar como proveedores, pues conceden el uso o disfrute de bienes, productos y actividades pedagógicos.

 

Con reformas a los artículos 7 y 127, y adición de los artículos 65 Quater, 65 Quater 1, 65 Quater 2, 65 Quater 3 y 65 Quater 4 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, se busca estipular que los informes de precios y productos que proporcionen los prestadores de servicios educativos particulares deben ser por escrito, para dar mayor certeza y seguridad jurídica y reforzar los derechos del consumidor.

 

A través de estas reformas avaladas, en lo general con 238 votos a favor, 96 en contra y 15 abstenciones, se da certeza jurídica a los consumidores de que los prestadores de servicios educativos particulares deberán cumplir la obligación de informar y respetar los precios ofrecidos, y prohíbe incrementar las tarifas durante el ciclo escolar correspondiente.

 

Con el dictamen se fortalecen los derechos del consumidor respecto a la información de productos que el proveedor comercialice, y se establece que no se podrá condicionar la venta, adquisición o renta, a la adquisición o renta de otro producto o prestación de un servicio, precisa.

 

De igual modo, señala que bajo ningún supuesto se podrá condicionar la entrega de documentación académica al pago de colegiaturas o contraprestación alguna, y resalta que el incumplimiento a alguna de las disposiciones será sancionado con multa de hasta un millón 563 mil 957.06 pesos.

 

Los servicios educativos, puntualiza, se sujetarán a los lineamientos generales que expida la Secretaría de Economía, con la participación que corresponda a la Secretaría de Educación Pública. La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) podrá realizar visitas a los planteles particulares para verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas correspondientes.

 

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Economía, diputado Jorge Enrique Dávila Flores (PRI), expresó que se incorporan a la Ley las normas necesarias en materia de regulación de los servicios educativos que prestan los particulares, y se considera a estos como proveedores que deben informar a los educandos, padres o tutores, previamente a la inscripción, el costo total de lo que les ofrecen.

 

Detalló que se prohíbe condicionar la entrega de documentación académica al pago de contraprestación económica y se impide el incremento de colegiaturas durante el ciclo escolar, salvo acuerdo previo. “Hoy se soluciona la problemática que enfrentan día a día cerca de cinco millones de estudiantes pertenecientes al sistema privado de educación, en más de 43 mil escuelas particulares”, sostuvo.

 

Presentó una adenda que modifica el dictamen original, con el objetivo de incorporar la necesidad de agotar los procedimientos de conciliación conducentes, para extinguir la deuda de los educandos frente a los proveedores de servicios educativos privados.

 

Delfina Gómez Álvarez, diputada de Morena, mencionó que esta iniciativa debilita el derecho que contempla el artículo 3º constitucional y la idea de escuela pública. “La mayoría de las modificaciones que se incorporan a esta ley legalizan prácticas indebidas que durante mucho tiempo se han querido impedir, como es la lesiva costumbre de suspender el servicio educativo a los alumnos por falta de pago, y en muchos casos exhibir en listas públicas a los alumnos que adeudan colegiaturas”.

 

Estas prácticas, dijo, atentan contra el interés superior de la niñez y, además, promueven la discriminación y el bullying, “afectando a quien menos deberíamos fastidiar o molestar, como son los educandos, por lo que el dictamen que el día de hoy se pone a consideración es insuficiente”.

 

En lo particular, y en términos del dictamen, se aprobó con 184 votos a favor, 126 en contra y 4 abstenciones, la reserva que presentó la diputada Patricia Elena Aceves Pastrana (Morena) al artículo 65 Quáter, la cual fue rechazada por el Pleno.

 

Aprobado en lo general y particular, se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

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