Boletín N°. 3122 | Comisión de Justicia avala por unanimidad dictamen que obliga al cuidado del adulto mayor |
23-02-2017.- La Comisión de Justicia que preside el diputado Álvaro Ibarra Hinojosa (PRI), aprobó un dictamen que reforma el Código Penal Federal, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de familiares responsables del cuidado de un adulto mayor, por cuanto a sus necesidades alimenticias, económicas, de salud y bienestar social.
El dictamen aprobado por unanimidad reforma los artículos 335, 336 y 337 de la norma en mención. Establece que además de sancionar a quien abandone a hijos, cónyuges o personas enfermas, también se castigará, de un mes a un año de prisión, a quien abandone a un adulto mayor, teniendo obligación de cuidarlo.
La reforma destaca que el delito de abandono a un adulto mayor se perseguirá a petición de la parte agraviada, aplicándose de un mes a cinco años de prisión o de 180 a 360 días de multa y pago por reparación de daño, como lo marca la norma actual.
El documento destaca que en México, 16 por ciento de los adultos mayores sufre algún grado de maltrato como golpes, ataques psicológicos, insultos o robo de sus bienes. Según el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tres de cada cinco ancianos sufren violencia dentro de la familia.
Además, 82 por ciento del total de adultos mayores vive en pobreza, es decir, 8 de cada 10 no tienen los medios para cubrir sus necesidades.
De acuerdo con proyecciones del Consejo Nacional de Población (CONAPO), para 2050 habrá 150.8 millones de mexicanos y la esperanza de vida promedio será de 79 años, la más alta de la historia. Sin embargo, los adultos mayores tienen el índice de desarrollo social más bajo en el país, que se traduce en pocas posibilidades de tener una vejez digna.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) detalla que entre 25 y 30 por ciento de personas mayores de 85 años presentan algún padecimiento y deterioro cognoscitivo, que en el caso de países con ingresos limitados, quienes sufren demencia no cuentan con la atención que requieren.
En tanto, el Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (CELADE) estimó que entre 4 y 6 por ciento de personas mayores del mundo sufren alguna forma de abuso y maltrato.
Los diputados también aprobaron un dictamen que reforma el artículo 308 del Código Civil Federal para obligar a los cónyuges otorgar alimentos a los menores, asistiendo los gastos necesarios para la educación básica y la media superior del alimentista.
Se armoniza la redacción actual con lo referido en el primer párrafo del artículo 3 de nuestra Constitución Política, el cual establece que toda persona tiene derecho a recibir educación básica, que incluye preescolar, primaria y secundaria, y la media superior serán obligatorias.
De acuerdo con información de la Encuesta Intercensal 2015, del INEGI, más del 10 por ciento de mujeres de 12 años y más con al menos un hijo nacido vivo son viudas, 8.4 por ciento son separadas y 2.8 por ciento están divorciadas.
Destaca que entre las mujeres casadas y unidas 3.5 por ciento y 4.9 por ciento, respectivamente, su cónyuge reside en otra vivienda. De las jefas del hogar, la mayoría -69 por ciento- son separadas, divorciadas, viudas o solteras.
El documento detalla que, de acuerdo con información del Módulo de Condiciones Socioeconómicas (MCS) de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos en los Hogares, en 2014, 8.1 millones de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años estaban bajo el cuidado de una mujer. De estos, más del 54 por ciento son pobres “multidimensionales”.
En contraste, sólo 32 por ciento de los padres que no viven con sus hijos otorgan pensión alimenticia, de modo que hay dos terceras partes de madres solas cuyo único ingreso familiar es el que ellas aportan.
Otro dictamen reforma el artículo 36 y adiciona un último párrafo al artículo 4, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, para que dentro de los principios rectores del Sistema Penitenciario, en cuanto al desarrollo de sus procedimientos, se establezca el interés superior de la niñez.
La reforma establece que el órgano jurisdiccional, el juez de ejecución y la autoridad penitenciaria, en el ámbito de sus atribuciones, deberán garantizar en todo momento el interés superior de la niñez.
En los casos de nacimiento de hijas e hijos de mujeres privadas de la libertad dentro de los centros penitenciarios, la autoridad de los mismos notificará sobre dicho nacimiento a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes o a sus equivalentes en las entidades federativas, con el fin de que éstas coadyuven con la madre para realizar las gestiones conducentes en el registro correspondiente, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables.
Por último, la Comisión de Justicia avaló exhortar a la Procuraduría General de República y a las Fiscalías Generales y/o Procuradurías Generales de Justicia de las Entidades Federativas, así como a la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, difundir y promover la impartición de los cursos de capacitación a Ministerios Públicos involucrados en Procesos de Donación de Órganos y Tejidos con fines de trasplantes, que ofrece el Centro Nacional de Trasplantes.
Lo anterior, en cumplimiento a su labor de capacitación y en términos de los convenios con la Secretaría de Salud del gobierno federal.
Se resalta que en México existe una necesidad creciente de trasplantes, ya que de acuerdo con cifras del Registro Nacional respectivo se tienen contabilizados 95 mil 400 trasplantes de órganos desde 1963 a diciembre de 2015, siendo el de córnea el más frecuente, seguido por el de riñón.
Dicho registro incluye en su lista de espera a más de 20 mil personas, quienes necesitan un trasplante de algún órgano que les permitirá mejorar su calidad de vida o continuar viviendo.
El exhorto refiere que, según proyecciones de un estudio realizado por la Secretaria de Salud, en colaboración con la UNAM, se prevé que los casos de enfermedad renal crónica en estadio 5, tendrán una tendencia creciente, pasando de 40 mil nuevos casos en 2005 a poco más de 82 mil en 2025.
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