Boletín N°. 5367 Facultan al Congreso a expedir ley para sancionar operaciones con recursos de procedencia ilícita y extinción de dominio

26-04-2018.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con 328 votos, reformar el artículo 73 de la Constitución Política, para facultar al Congreso de la Unión a expedir una ley general que establezca, como mínimo los tipos penales y sus sanciones en materia de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

 

El dictamen enviado al Senado de la República para sus efectos Constitucionales, también plantea una legislación única en materia de extinción de dominio, que regirá́ en la República en el orden federal y en el fuero común.

 

Al hacer la fundamentación, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Daniel Ordoñez Hernández (PRD), manifestó que al facultar al Congreso para elaborar una Ley General de Extinción de Dominio bajaría así a las entidades federativas y sería de mucha utilidad, porque es un arma muy poderosa para combatir a la delincuencia.

 

Se busca fortalecer el combate inteligente contra el crimen organizado y los delitos de corrupción, como base estratégica para lograr la seguridad pública y procuración de justicia eficientes en nuestro país.

 

El texto señala que el crimen organizado y la corrupción convergen en la generación de estructuras financieras y económicas ilícitas; por ello, cualquier estrategia para prevenir y combatir ambos fenómenos debe incluir una política pública sólida, integral y eficaz en materia de prevención y lucha contra el lavado de dinero y de recuperación de activos.

 

La extinción de dominio es la figura más eficaz para la recuperación de activos, ya que no requiere de los estándares probatorios de la figura del decomiso penal tradicional. Si bien es una figura que requiere del desahogo de un proceso jurisdiccional, su tramitación y sus estándares, son muy distintos por su naturaleza real y no personal, como lo es la acción penal.

 

El documento menciona que una política exitosa de recuperación de activos y de extinción de dominio generará numerosos beneficios. Envía el mensaje de que “el crimen no es una opción para nadie”, se reducirán los niveles de impunidad y se obtendrán recursos para apoyar a instituciones de salud y seguridad, y apoyará de manera eficaz a víctimas del delito.

 

Se tiene la oportunidad de construir un marco jurídico general para la figura de Extinción de Dominio, similar al existente en materia de secuestro, otorgando a las entidades federativas un esquema institucional – legal, para combatir los recursos de procedencia ilícita, independientemente del monto que impliquen, a través de un mecanismo homologado a nivel nacional y que tenga un énfasis en la prevención, la detección e intercambio de información, así como los mecanismos de persecución y de imputación por parte de los fiscales locales y federales que permitan aumentar, de manera significativa, los procesos penales correspondientes.

 

 

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