Boletín N°. 0260 Aprueban diputados Sesión Solemne para conmemorar 65 Aniversario del Voto de la Mujer en México

16-10-2018.- La Cámara de Diputados acordó celebrar una Sesión Solemne, el próximo jueves 18 de octubre, a las 11:00 horas, con motivo de la Conmemoración del 65 Aniversario del Voto de la Mujer en México, el Día Internacional de la Niña y el Día Mundial de la Mujer Rural.

 

Conforme al acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), aprobado en votación económica, el formato será: una vez declarado el quórum y la apertura de la Sesión, harán uso de la palabra todos los grupos parlamentarios representados en la Cámara de Diputados, en orden ascendente (PVEM, PRD, MC, PT, PES, PRI, PAN y Morena) y hasta por 5 minutos.

 

Al concluir esas participaciones se entonará el Himno Nacional. Posteriormente se pondrá a discusión el Acta de Sesión para proceder a su clausura.

 

El documento precisa que la logística y organización de la Sesión Solemne corresponderá a la Presidencia de la Mesa Directiva. Además, se instruye a la Secretaría General llevar a cabo las previsiones necesarias para el ceremonial respectivo.

 

Reciben iniciativa ciudadana

 

La Mesa Directiva comunicó que se recibió iniciativa ciudadana de Héctor Melesio Cuén Ojeda y Víctor Antonio Corrales Burgueño, para eliminar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), que se aplica a la gasolina, diésel y gas doméstico.

 

Plantea reformar los artículos 2 fracción 1 inciso d) numerales 1 y 2; artículos 2-A fracciones I, II y III, y se derogan el párrafo tercero del inciso d) de la fracción I, el cuarto párrafo del inciso h) de la fracción I del artículo 2 y el párrafo tercero del artículo 2-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

 

Con fundamento en el artículo 132, numeral 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General, se remitió al Instituto Nacional Electoral a efecto de que éste verifique el cumplimiento de los requisitos señalados en la ley.

 

Dicho ordenamiento señala que el INE tiene un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la recepción del expediente, para verificar que la iniciativa ciudadana cubra los requerimientos de ley.

 

El Instituto, a través de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (RFE), dentro del plazo ya mencionado, comprobará que los nombres de quienes hayan suscrito la iniciativa ciudadana, aparezcan en las listas nominales de electores y que la suma corresponda en un número equivalente a cuando menos el 0.3 por ciento de la lista nominal de electores.

 

Una vez alcanzado ese requisito porcentual, la Dirección Ejecutiva del RFE deberá realizar un ejercicio muestral para corroborar la autenticidad de las firmas, de acuerdo con los criterios que defina al respecto.

 

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