Boletín N°. 6470 Cita la diputada Sauri Riancho, mañana 30 de abril, para que la Cámara de Diputados se erija como Jurado de Procedencia
  • Se da trámite a comunicaciones de legisladoras, legisladores, del Senado y del Ejecutivo

  • Cumplen declaratoria de publicidad a dos dictámenes en temas de derechos de autor y registro inmobiliario

29-04-2021.- La presidenta de la Mesa Directiva, Dulce María Sauri Riancho, citó a la sesión, en modalidad semipresencial, mañana viernes 30 de abril, a las 11:00 horas, para que la Cámara de Diputados se erija como Jurado de Procedencia.

Previamente, la diputada Sauri Riancho precisó que, en términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.

Comunicaciones

El diputado Carlos Torres Piña (Morena) comunicó la reincorporación a sus actividades legislativas, a partir del 30 de abril del año en curso.

De igual modo, la Cámara de Senadores informó que la instalación de la Comisión Permanente, se llevará a cabo el viernes 30 de abril del año en curso, a las 13:00 horas en la sede del Senado de la República

Se remitió a las comisiones de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y de Presupuesto y Cuenta Pública para su conocimiento y atención, la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020, que remitió el Ejecutivo Federal.

Diputada renuncia a apoyos económicos

La Mesa Directiva informó sobre un oficio de la diputada Verónica María Sobrado Rodríguez (PAN), por el que manifiesta su voluntad de renunciar al apoyo económico a que tiene derecho, de conformidad con el último párrafo del texto resolutivo del Acuerdo de los Órganos de Gobierno de la Cámara de Diputados, por el que se establecen disposiciones internas aplicables a diputadas y diputados federales que opten por la elección consecutiva en el Proceso Electoral 2020-2021.

Declaratoria de publicidad

El Pleno conoció para trámite de publicidad dos dictámenes de las comisiones de Cultura y Cinematografía, y de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad.

De la Comisión de Cultura y Cinematografía, se conoció el dictamen, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de copia privada.

Se busca establecer que los sujetos obligados a cubrir la remuneración compensatoria por copia privada son el fabricante que comercialice en territorio nacional o importador de equipos aparatos soportes o instrumentos tecnológicos o cualquier otro que permiten la reproducción sonora, visual o audiovisual en cualquiera de sus modalidades conocidas o por conocerse, que sean idóneos para copiar o reproducir cualquier tipo de obras literarias y artísticas interpretaciones o ejecuciones ediciones fonogramas videogramas y transmisiones protegidas por esta Ley.

Adiciona que los distribuidores y comercializadores al público que sean sucesivos adquirientes de los mencionados equipos aparatos soportes o instrumentos tecnológicos podrán solicitar a las entidades de gestión la devolución de las cantidades pagadas por concepto de remuneración compensatoria respecto de las ventas de equipos o aparatos soportes o instrumentos técnicos realizados a los sujetos exceptuados de conformidad con lo dispuesto en la ley en la materia.

La cuantía de la remuneración compensatoria por copia privada se calculará sobre la base de que las copias o reproducciones de obras realizadas al amparo del límite al derecho de reproducción.

También, se conoció el dictamen de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, por el que se expide la Ley General para Armonizar y Homologar los Registros Públicos Inmobiliarios y de Personas Morales y los Catastros.

Se busca definir mecanismos para lograr que los Registros Públicos Inmobiliarios y de Personas Morales y los Catastros cuenten con información, protocolos, sistemas informáticos, procesos y procedimientos comunes al registro inmobiliario, que coadyuve a la plena identificación de los predios en territorio nacional. Así como, determinar las bases y principios que aplicarán las autoridades competentes de los diversos órdenes de gobierno para obtener, administrar, procesar y utilizar la información registral y catastral.

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