Boletín N°. 1820 Proponen tipificar como delito la violencia vicaria para visibilizarla e inhibirla
  • La diputada del PVEM, Nayeli Arlen Fernández Cruz, impulsa reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

 

 

05-05-2022.- Con el objetivo de tipificar la violencia vicaria y visibilizarla, la diputada del PVEM, Nayeli Arlen Fernández Cruz impulsa iniciativa para reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en aras de inhibirla y evitar las graves consecuencias que ocasiona para las madres y sus hijas e hijos.

 

Propone adicionar el artículo 7 Bis, a fin de establecer que violencia vicaria son las conductas realizadas contra otra persona de manera consciente, a través de terceros o por interpósita persona con el propósito de castigar, dañar psicológicamente o causar un sufrimiento a la mujer con la que se mantiene, se ha mantenido o se pretende una relación con la intención de ejercer o continuar ejerciendo manipulación, control, dominación y violencia sobre ella.

 

En el artículo 9 plantea modificar la fracción I para tipificar el delito de violencia vicaria, que incluya como elementos del tipo los contenidos en la definición prevista en el artículo 7 Bis de esta ley, y establecerla como causal de divorcio, de pérdida de la patria potestad y de restricción para el régimen de visitas, así como impedimento para la guarda y custodia de niñas y niños.

 

También, en el artículo 9 adiciona la fracción VII, con el propósito de que no se puedan atribuir al agresor visitas, la guarda, custodia provisional o definitiva o régimen de convivencia con los hijos o hijas, ni se puede establecer ningún régimen de comunicación o relación, o bien éstos deben ser suspendidos cuando haya indicios fundamentados de que se han cometido actos que constituyan violencia de género.

 

La también secretaria de la Comisión de Igualdad de Género destacó en la exposición de motivos que en los últimos años se ha hecho presente la violencia vicaria, perpetrada generalmente por los progenitores en los casos en que las mujeres deciden terminar su relación o denunciar la violencia ejercida en su contra.

 

Este tipo de violencia tiene el objetivo de dañar a la mujer a través de sus seres queridos y especialmente de sus hijas e hijos, convirtiéndose en la más cruel y despiadada porque causa un daño irreparable, al traducirse en el control y dominio sobre la madre en un alarde máximo de posesión en una relación de poder sustentada en la desigualdad. ​

 

Por ello, la diputada Fernández Cruz urgió a que la violencia vicaria reciba una respuesta legislativa en el ámbito federal para que se reconozca este fenómeno y se implementen políticas públicas encaminadas a atender a la infancia y a las mujeres violentadas, porque no nada más se violentan los derechos de ellas, sino que se lastiman a sus hijos e hijas, lo cual constituye su verdadera y más grande preocupación.

 

Ante esta situación, refirió que recientemente el Congreso del Estado de México reconoció en el marco jurídico la violencia vicaria, convirtiéndose en el segundo estado de la República donde se incluye esta figura, luego de que Zacatecas lo hiciera.

 

Es decir, “dos estados de 32 evidencian la necesidad de seguir trabajando para que esta violencia se combata y erradique en todo el territorio nacional”.

 

Argumentó que es imprescindible conocer y reconocer los tipos de violencia que existen en nuestra sociedad para poder combatirlos, ya que “lo que no se nombra, no existe”.

 

--ooOoo--