Óscar Mario Beteta
RadioFormulaCadenaNacional
6:46  |  26 - 02 - 2014
Martha Gutiérrez: Polémica por aplicación de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones

Martha Gutiérrez, colaboradora: La semana pasada se agudizó una fuerte polémica en relación con la aplicación de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones.

 

Esta polémica obedece en gran mediana al interés que tienen los concesionarios por hacer valer sus derechos frente a los nuevos lineamientos constitucionales y porque las nuevas instituciones reguladoras apenas se están formando; es decir, estamos en una etapa de transición y de consolidación institucional, para ello la Constitución establece de manera muy clara una serie de etapas y procesos que habrán de culminar cuando el Congreso emita las leyes secundarias y cuando las empresas dominantes se adapten a un entorno más competitivo.

 

Con la reforma al Artículo 28 constitucional se creó el Instituto Federal de Telecomunicaciones, como un órgano autónomo, independiente en sus decisiones y con facultades para regular, promover y supervisar el aprovechamiento de las telecomunicaciones, tales como la infraestructura y los servicios.

 

Con este Instituto entraron en vigor nuevos lineamientos para compartir las señales de televisión entre las empresas participantes en este mercado.

 

Los canales de televisión abierta que tengan una cobertura del 50 por ciento o más del territorio están obligadas a permitir a los concesionarios de televisión restringida la retransmisión de su señal de manera gratuita y no discriminatoria.

 

Al mismo tiempo los canales de televisión restringida están obligados a retransmitir estas señales sin costo adicional para los usuarios, esto es el famoso must carry y must offer.

 

Por todo ello resulta entendible que el pasado viernes el Instituto Federal de Telecomunicaciones resolvió que los canales 2 y 5 de Televisa, y 7 y 13 de TV Azteca, deban ser transmitidos gratuitamente en los servicios de televisión satelital de paga como Dish.

 

Bajo este mismo criterio el instituto también resolvió que las operadoras de paga satelital deberán dejar de transmitir el canal 9 de Televisa al día siguiente de que se publiquen los criterios para el must carry must offer, a menos que éstos lleguen a un acuerdo con Televisa.

 

La resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones tiene el propósito de obedecer y aplicar las nuevas disposiciones constitucionales; es decir, de favorecer la competencia, la compartición de las señales y atendiendo a su fin principal: propiciar la prestación de servicios de mayor calidad y a precios más accesibles para todos los mexicanos. Duración 3’09’’, nbsg/m.