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13:27 | 17 - 04 - 2015 |
Proponen que consejeros de Pemex sean considerados servidores públicos |
A fin de establecer sanciones por actos u omisiones, el diputado José Angelino Caamal Mena propuso reformas a la Ley de Petróleos Mexicanos (Pemex), a fin de completar el régimen de responsabilidades previsto en la legislación para los miembros de su Consejo de Administración.
También, dijo, pretende que los 10 miembros de dicho Consejo tengan en la ley el carácter de servidores públicos, con todas las obligaciones y responsabilidades que ello conlleva.
En su iniciativa, explicó que el órgano referido está integrado por los titulares de las secretarías de Energía y de Hacienda y Crédito Público, así como por tres consejeros del gobierno federal, quienes tienen el carácter de servidores públicos y por ende están sujetos a responsabilidad de índole administrativa.
Sin embargo, indicó, la Ley de Pemex en su Artículo 16 niega dicho carácter a los otros cinco miembros del consejo llamados "Consejeros independientes".
Al respecto, el representante de Nueva Alianza consideró que por tratarse de personas que recibirán remuneraciones con cargo al erario federal y que desempeñarán con voz y voto funciones de gran envergadura en una empresa propiedad exclusiva del gobierno federal, deben tener el carácter de servidores públicos.
Señaló que de acuerdo con el Artículo 108 de la Constitución se define como servidor público a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal, así como todo servidor público de los organismos a los que la Constitución otorga autonomía.
Es por ello, abundó, que "en Nueva Alianza consideramos indispensable que la Ley de Pemex se reforme para claramente expresar que todos los miembros del Consejo de Administración, incluyendo los llamados "consejeros independientes", tienen el carácter de servidores públicos.
Por ende, insistió, quedan sujetos, en el ejercicio de su encargo, al cumplimiento de obligaciones y funciones que de no llevarse a cabo conforme lo dispone la ley, generarán a su cargo responsabilidades administrativas".
Luego, señaló que otra deficiencia de la ley trasciende en lo establecido en el Artículo 30, donde se refiere que ninguno de los Consejeros estará sujeto a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y que "solamente serán responsables en los términos previstos en su propia ley".
Sin embargo, agregó, el régimen especial en materia de responsabilidades administrativas aplicable a los miembros del Consejo de Administración de Pemex "es del todo insuficiente".
En resumen, subrayó, la ley de Pemex no determina las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que incurran los consejeros y de sus empresas subsidiarias en el ejercicio de sus funciones; ni prevé que las sanciones se establezcan de acuerdo con los beneficios económicos obtenidos por el responsable.
Tampoco, prosiguió, prevé la suspensión e inhabilitación de los consejeros y de sus empresas subsidiarias como sanción; sólo prevé la destitución/remoción por incumplir deliberadamente y sin causa con sus obligaciones y deberes.
Además, comentó, no prevé los procedimientos ni las autoridades competentes para determinar responsabilidades administrativas y sus respectivas sanciones.
Por todo ello, dijo, es que su bancada "considera necesario y urgente presentar esta iniciativa de reformas y adiciones que completen el régimen de responsabilidades previsto en la Ley de Pemex para los miembros de su Consejo de Administración, en estricta observancia de lo ordenado por la Constitución"./gh/m |