MonitorMVS1025 |
6:12 | 29 - 04 - 2015 |
Pondrán fin a trifulcas en San Lázaro; diputados violentos serán sancionados |
En la Cámara de Diputados las rechiflas, aspavientos, señas obscenas, insultos, el lenguaje inapropiado, los actos violentos, disturbios, interrupciones a la sesión, el abuso en el uso de la palabra o la Tribuna, las intervenciones no autorizadas, así como las actitudes y conductas que lesionen moral o físicamente a cualquier miembro del Congreso, funcionario o ciudadano, podrían ser cosa del pasado.
Con ello, los diputados federales se alistan para decir adiós a las escenas violentas, los conatos de bronca y los enfrentamientos incluso verbales.
Lo anterior, debido a que la comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias dio luz verde a reformas al Reglamento del recinto parlamentario, a fin de establecer sanciones de cinco días de dieta, a los diputados y diputadas que se conduzcan con violencia en las sesiones ordinarias o bien, en reuniones de comisión.
El proyecto que añade a las reglas de la Cámara una Sección Cuarta referente al Régimen de Disciplina de las Diputadas y los Diputados”, indica que los parlamentarios estarán obligados a conducirse con respeto y “compostura” al interior del Palacio Legislativo, durante las reuniones que sostengan las comisiones y comités del mismo; así como en cualquier acto oficial dentro y fuera del recinto, por sus propios medios o a través de terceros.
La reforma que se discutirá este miércoles 29 de abril, indica que la sanción a los diputados violentos será equivalente a 12 mil 500 pesos, en función de que cada legislador percibe una dieta diaria de 2 mil 500 pesos.
De ese modo quedarán prohibidas las faltas de disciplina, de respeto, la pérdida de la compostura por parte de los congresistas, las groserías, los ademanes insultantes y cualquier otro tipo de agravio, incluso de carácter físico o moral.
Los diputados y diputadas que incumplan las normas, serán disciplinados con apercibimientos, amonestaciones sin constancia en actas y con constancia en actas, la reducción de la dieta y en caso que lo amerite, con la remoción de las comisiones de las cuales forme parte.
Cuando se trate de la separación de las comisiones, ésta tendrá que ser aprobada por las dos terceras partes el Pleno y a propuesta de la Mesa Directiva.
Los apercibimientos los aplicarán el presidente de la Cámara o bien, los presidentes de las comisiones en que se cometió el agravio, y a petición de algún otro legislador.
Quienes interrumpan la sesión de manera injustificada, alteren el orden y desarrollo de la misma o de reuniones de comisión; y cuando se haya agotado su tiempo al micrófono y sus turnos en la Tribuna y pretenda sin fundamento seguir utilizando la palabra, serán amonestados sin constancia en el acta.
Se tomará constancia en el acta, cuando el diputado o diputada provoquen disturbios y no respeten la confidencialidad de las pláticas, documentos electrónicos, fílmicos, de audio y escritos tratados o emanados en “sesiones secretas”.
Los infractores serán sancionados con un día de dieta o 2 mil 500 pesos cuando falten a la sesión de manera injustificada o cuando en un mismo periodo acumulen dos o más amonestaciones con constancia en el acta y en el Diario de los Debates.
A quien se le inicie procedimiento disciplinario, tendrá derecho de audiencia, la cual podrá desahogar personalmente o a través de otro diputado o diputada. ys/m. |