Enfoque
16:39  |  26 - 04 - 2018
Avalan Diputados minuta del Senado que expide Ley General de Archivos, va al Ejecutivo para su publicación

Sergio Perdomo, reportero: La Cámara de Diputados avaló, en sus términos, la minuta del Senado que expide la Ley General de Archivos y abroga la Ley Federal de Archivos de 2012 y demás disposiciones que la contravengan.

 

La ley tiene por objeto establecer las bases y principios para la organización, conservación, administración y preservación homogénea de los archivos en posesión de cualquier autoridad, ente público o privado que reciba y ejerza recursos del erario en todo el país.

 

Crea el Sistema Nacional de Archivos, estableciendo las bases para su organización y funcionamiento. El Pleno aprobó el documento en lo general por 357 votos a favor, uno en contra y una abstención

 

Se presentaron dos reservas, una del diputado Rafael Hernández Soriano (PRD) al artículo 4, fracción VIII, el artículo 36, 38 y el 65 con una adición de una fracción; otra del diputado Jorge Triana Tena (PAN) reservas al 77 y el 88, las cuales se rechazaron y se avaló en lo particular por 229 votos a favor, 126 en contra y cero abstenciones.

 

Se turnó al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La nueva legislación entrará en vigor a los 365 días siguientes de su publicación en el DOF.

 

El 13 de diciembre de 2017, el Senado de la República aprobó el documento y lo remitió a la Cámara de Diputados, donde fue dictaminado por la Comisión de Gobernación el pasado martes.

 

El ordenamiento legal está conformado por 123 artículos divididos en tres libros (de la organización y administración homogénea de los archivos, del Archivo General de la Nación, y de las infracciones administrativas y delitos en materia de archivos) y 17 preceptos transitorios.

 

Considera como sujetos obligados a cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

 

También a cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como a las personas físicas o morales que cuenten con archivos privados de interés público.

 

La nueva ley garantiza el principio de transparencia, al establecer que toda la información contenida en los documentos de archivo producidos, obtenidos, adquiridos, transformados o en posesión de los sujetos obligados será pública y accesible a cualquier persona.

 

Incluye el concepto de “derecho a la verdad” y armoniza su contenido con la legislación en materia de transparencia, al retomarse la prohibición de clasificar como información reservada aquella relacionada con la investigación de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad, para garantizar el pleno ejercicio del “derecho a la verdad”. dlp/m