23 de abril 2024

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Foro " Hacia la revisión integral del marco jurídico sobre protección civil, gestión integral de riesgos y resiliencia"

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Introducción

Desde el ámbito legislativo, el tema de la protección civil ha servido para atender las demandas inmediatas de la sociedad expuesta a las consecuencias de fenómenos naturales o antropogénicos que pueden derivar en desastres y poner en riesgo la vida. En los últimos años, la investigación se ha ido centrando en los ejes de gestión de riesgos y la resiliencia como parte del proceso de la seguridad y protección ciudadana.

El tratamiento legislativo sobre la protección y asistencia de personas es relativamente joven, con apenas 53 años, aunque desde el ámbito internacional existe referencia desde 1948, sobre la protección ciudadana ante los conflictos bélicos. Nuestro país empezó a desarrollarla mediante el Plan DN III para atender la emergencia producida por el desbordamiento del Río Pánuco. Veinte años después, como resultado del evento catastrófico de los sismos de septiembre de 1985 es que se abre el parteaguas para iniciar la construcción de instancias que años después serían la base de una ley en materia de protección civil, como lo fue la Comisión Nacional de Reconstrucción (1985), el Sistema Nacional de Protección Civil (1986), el Centro Nacional de Prevención de Desastres (1988) y el Consejo Nacional de Protección Civil (1990).

Fue hasta 1999 que se publica en el Diario Oficial de la Federación la facultad del Congreso de la Unión para legislar en materia de protección civil mediante el establecimiento de bases de coordinación entre los distintos órdenes de gobierno (Art. 73, XXIX-I), que derivó en la primera Ley General de Protección Civil en el año 2000, la cual fue abrogada en 2012 para dar cabida a la Ley vigente.

En los últimos años, ha habido avances tanto en el marco conceptual como en procesos de atención y protección ante los riesgos que llegan a presentarse por eventualidades de fenómenos naturales o antropogénicos. No obstante, desde el ámbito administrativo, existen dificultades para que los distintos órdenes de Gobierno atiendan sus facultades en materia de protección civil, así como de financiación y establecimiento de políticas públicas que atiendan todo el proceso de gestión, incluida la resiliencia.

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