18 de abril 2024

Inicio / Leyes Secundarias de la Reforma Educativa 2019 / Leyes Secundarias

Leyes Secundarias

00

Los artículos Quinto y Séptimo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de mayo de 2019 establecen lo siguiente:

  • Quinto. El Congreso de la Unión deberá expedir la Ley del organismo al que se refiere la fracción IX del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, a más tardar en un plazo de 120 días a partir de la publicación del presente Decreto.
  • Séptimo. El Congreso de la Unión deberá realizar las reformas a la legislación secundaria correspondiente, a más tardar en un plazo de 120 días a partir de la publicación de este Decreto.

Derivado de lo anterior, en el marco de la séptima reunión ordinaria de la Comisión de Educación, la cual se realizó el 05 de junio de 2019, se aprobó el Acuerdo de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, por el que se establece el procedimiento para la elaboración, análisis y discusión de los proyectos de legislación secundaria a que hace referencia los artículos quinto y séptimo transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2019. El Acuerdo en comento señala en su resolutivo segundo lo siguiente:

  • SEGUNDO. Los trabajos para la elaboración, análisis y discusión de los proyectos de legislación secundaria, se realizarán de manera coordinada con la Comisión de Educación del Senado de la República, en dos etapas previstas en los resolutivos Tercero y Cuarto de este Acuerdo.
web statistics