Núm. 229 1ª Asamblea Constituyente CDMX 2016. Análisis Histórico-Constitucional Y Político (Parte 2)
![Núm. 229 1ª Asamblea Constituyente CDMX 2016. Análisis Histórico-Constitucional Y Político (Parte 2) Núm. 229 1ª Asamblea Constituyente CDMX 2016. Análisis Histórico-Constitucional Y Político (Parte 2)](/var/ezwebin_site/storage/images/centros-de-estudio/cesop/estudios-e-investigaciones/documentos-de-trabajo/num.-229-1a-asamblea-constituyente-cdmx-2016.-analisis-historico-constitucional-y-politico-parte-2/289969-1-esl-ES/Num.-229-1a-Asamblea-Constituyente-CDMX-2016.-Analisis-Historico-Constitucional-Y-Politico-Parte-2_medium.jpg)
Esta reforma transformó considerablemente el régimen jurídico-político del Distrito Federal, pues, con anterioridad a la misma no contaba con la atribución para otorgarse sus propias leyes, a diferencia de lo que sucedía con el resto de las entidades federativas, y aunque el Congreso de la Unión conservó algunas facultades legislativas, la mayor parte de ellas se trasladaron a la Asamblea de Representantes, que dejó de ser un órgano representación política con facultades reglamentarias, para transformarse en un órgano legislativo con facultades de control presupuestal y financiero; además, el gobierno del Distrito Federal ya no se depositó exclusivamente en el Presidente de la República, sino en los Poderes de la Unión que lo ejercían por sí y a través de los órganos locales de gobierno; además la reforma acotó las facultades del titular del Ejecutivo Federal en relación con el nombramiento del jefe del Distrito Federal que si bien seguiría siendo su atribución, a partir de 1997, debía proponer para ocupar el cargo a un miembro de la Asamblea, diputado federal o senador del Distrito Federal del partido con mayoría en la Asamblea, y su ratificación correspondía a esta última; de otra forma, se crearon nuevas instancias de participación ciudadana.